Por Defensa Putativa se entiende la acción realizada por el autor en la falsa creencia de encontrarse ante una situación de legítima defensa, ejerciendo una acción frente a un ataque inexistente, frente a quien no era su agresor, o frente a un ataque autorizado, o que ya no existe.
El eximente de responsabilidad por Defensa Putativa suela venir acompañado por la figura jurídica de miedo insuperable del art. 20.6 CP.